Nueva derrota al imperialismo estadounidense
Por Alejandro Torres Rivera
A raíz del triunfo de la Revolución Cubana, diversas medidas de naturaleza económica y política adoptadas por el nuevo Gobierno Revolucionario sostenidas en el ejercicio de la soberanía del pueblo, llevaron al deterioro de las relaciones entre Estados Unidos de América y la República de Cuba. A partir de enero de 1961, se produjo la ruptura de relaciones diplomáticas entre ambos gobiernos. A partir de este evento, le siguieron otras medidas de naturaleza económica y militar con las cuales Estados Unidos pretendía someter la voluntad de lucha del pueblo cubano y revertir el proceso revolucionario iniciado.
Entre las medidas económicas adoptadas, efectivo a las 12:01 de la mañana del día 7 de febrero de 1962, el gobierno de los Estados Unidos de América tomó la decisión de imponer sobre la República de Cuba un embargo de sus bienes financieros dentro del territorio estadounidense y de bloqueo económico contra el país. Cincuenta y nueve años han transcurrido desde entonces.
Resulta del todo contradictorio que estados políticos con sistemas económicos diferentes al sistema económico de los Estados Unidos, particularmente países con los cuales este último sostuvo profundas discrepancias de naturaleza política, económica, ideológica y militar, como son los casos de la República Popular China y la República Socialista de Vietnam, e incluso hoy día la Federación Rusa, a pesar de ese pasado conflictivo, el gobierno de los Estados Unidos sostiene actualmente relaciones políticas, comerciales y diplomáticas plenas, con beneficios comunes con cada uno de dichos Estados, habiendo normalizado sus relaciones. Con Cuba, sin embargo, los Estados Unidos sostienen una política de constante presión tal como lo fue durante los años de la llamada Guerra Fría.
La normalización de las relaciones políticas, económicas, diplomáticas y comerciales anunciado en el año 2014 por los presidentes Raúl Castro y Barack Obama fue un paso positivo en el desarrollo de ambos Estados y ciertamente de beneficio recíproco para ambos pueblos. Fue, además, un paso importante en la distensión de los conflictos y en las aspiraciones de paz para la región del Caribe y América Latina. Se trató de un cambio cualitativo en la historia, constituyendo posiblemente el evento de mayor significado en las relaciones entre ambos pueblos en más de medio siglo. Sin embargo como proceso histórico, el restablecimiento de relaciones no allanó el camino al cese del bloqueo impuesto durante la década de 1960.
Con la llegada de Donald Trump a Casa Blanca se inició un proceso de reversión de los cambios impulsados por el gobierno de los Estados Unidos durante la Administración Obama. Durante los cuatro años de su mandato se adoptaron 243 medidas adicionales contra Cuba, 55 de ellas en el año 2020. Entre otras medidas, Trump intervino: (a) limitando los viajes de estadounidenses a Cuba; (b) limitando y obstaculizando el envío de remesas económicas desde los Estados Unidos a residentes en Cuba, incluyendo el cierre de más de 400 oficinas de Western Union; (c) adoptando medidas dirigidas a afectar la inversión extranjera en Cuba por parte de empresas acogidas a la “Ley de Inversión Extranjera en Cuba”, prohibiéndoles transacciones con el Banco Financiero Internacional de Cuba e incluyendo a dicha entidad en la lista de empresas cubanas con las cuales los estadounidenses no pueden hacer negocios; (d) estableciendo una prohibición a los ciudadanos estadounidenses que viajaran a Cuba de alojarse en hoteles cubanos propiedad del Estado; (e) prohibiendo la llegada de cruceros, propiedad de o que partieran de, los Estados Unidos hacia Cuba; y la peor, que en el pasado ya se tuvo y se había derogado, (f) incluyendo a Cuba en una lista que compartiría con la República Popular Democrática de Corea, la República Árabe de Siria y la República Islámica de Irán, como “Estados que promueven el terrorismo.”
Esta medida, dirigida a incrementar e interponer obstáculos a las posibilidades de Cuba llegar a acuerdos internacionales con actuales y potenciales socios en materia financiera que le permita adquirir en determinados productos en el exterior, se extiende también a la aplicación adicional de sanciones económicas y políticas contra Cuba en curso desde febrero de 1961.
Con la llegada de Joe Biden a la presidencia de los Estados Unidos, se pensó por un momento que se iniciaría un nuevo giro de timón por parte de su administración en torno al tema cubano. Los medios de comunicación recogieron declaraciones escuetas y sin mayores detalles de parte de su Secretaria de Prensa, Jen Psaki, a los efectos de que la administración entrante se formularía la necesidad de “una nueva política hacia Cuba.” Tal política estaría orientada por dos principios: primero, “el apoyo a la democracia y los derechos humanos”, que ha sido el discurso oficial de los Estados Unidos, sobre todo a partir de la Administración de Jimmy Carter; y segundo, el argumento de que los cubanos residentes en los Estados Unidos, “son los mejores embajadores de la libertad en Cuba.” Sobre el particular, Jen Psaki señaló lo siguiente:
“Estamos revisando las políticas de Trump en varios temas de seguridad nacional para asegurarnos que nuestra visión se ajusta a eso. Vamos a marcar nuestro propio camino.” (Énfasis suplido)
Dentro de dicho contexto, algunos medios noticiosos se aventuraron a señalar posibles cambios en la política de los Estados Unidos hacia Cuba, entre ellos: (a) permitir el envío de remesas; (b) eliminar la prohibición de vuelos directos y la llegada de cruceros hacia Cuba; (c) la reapertura de consulados; (d) reestablecer la política de intercambio “people to people”; y (e) restablecer los llamados “Viajes de enriquecimiento cultural”, que facilitaban los viajes de ciudadanos estadounidenses a Cuba.
La realidad, sin embargo, ha sido otra. Al presente, prevalece la misma política de bloqueo y aislamiento por parte de los Estados Unidos hacia Cuba y no se avizora en el horizonte un “nuevo camino”.
El pasado 23 de junio, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó, una vez más de manera abrumadora, por 29 ocasiones desde 1992, una Resolución condenando el Bloqueo impuesto por los Estados Unidos a la República de Cuba en 1961. En esta ocasión, 184 países se pronunciaron en contra del Bloqueo; dos países votaron en contra de la Resolución (Estados Unidos y su aliado Israel), con las vergonzosas abstenciones de Colombia, Brasil y Ucrania. De acuerdo con la página electrónica de las Naciones Unidas, el comportamiento asumido por Colombia y Brasil al abstenerse, fracturaron “por segunda vez la posición unánime de apoyo a Cuba de los países de América Latina y el Caribe.”
En su comparecencia presencial en la sala donde se adoptó la Resolución, el Ministro de Relaciones Exteriores de Cuba, Bruno Rodríguez Parrilla, catalogó el bloqueo a su país por parte de los Estados Unidos como una “violación masiva, flagrante y sistemática de los derechos humanos del pueblo cubano.” Afirmó que conforme a lo dispuesto por la Convención de Ginebra de 1948 el bloqueo impuesto a Cuba “constituye un acto de genocidio.”
Existe una relación muy estrecha entre las prohibiciones que establece el Derecho Internacional Humanitario y otras convenciones internacionales, como es el caso de la “Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio”. Esta fue aprobada mediante la Resolución 260 (III) de la Asamblea General de la ONU de 9 de diciembre de 1948, entrando en vigor el 12 de enero de 1951. La Resolución 260(III), sostenida como antecedente en la Resolución 96 (I) de 11 de diciembre de 1946, declara el genocidio como delito del derecho internacional contrario al espíritu y los fines de la Carta de las Naciones Unidas. Al definir “genocidio” señala que cubre aquellos actos en virtud de los cuales, con la intención de “destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, se provocan matanzas de miembros del grupo; se provocan lesiones graves a la integridad física o mental de los miembros del grupo; se provoca el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que pueden acarrear su destrucción física, total o permanentemente; se provocan medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; y finalmente, se provoca el traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.”
En su alocución, en referencia además al “Informe sobre las afectaciones del Bloqueo a Cuba en el año 2020”, Rodríguez Parrilla estimó los daños causados a su país entre abril de 2019 a diciembre de 2020 en $9,157 millones a precio corriente y en $17,000 millones en el pasado lustro. Sumando el costo para Cuba como resultado del Bloqueo impuesto, desde su origen temprano en la década de 1960 al presente, el costo estimado asciende a $147,853 millones. Indicó el Canciller cubano que se trata de “una guerra económica de alcance extraterritorial contra un país ya afectado en el período reciente por la recesión y la crisis económicas global provocada por la pandemia”, que ha privado a Cuba de “ingresos indispensables como los derivados del turismo.”
El antes mencionado Informe incluye datos acerca de las vigencia de las leyes norteamericanas en las cuales se sostiene el bloqueo; las principales acciones del bloqueo por parte de Estados Unidos adoptadas entre abril de 2019 y marzo de 2020; los efectos de la aplicación de la Ley Helms-Burton (“Ley para la Libertad y Solidaridad Democrática Cubanas”) y las demandas presentadas por Estados Unidos al amparo de ésta en sus tribunales; la respuesta cubana a dicha ley mediante la aprobación de la Ley Núm. 80 “Ley de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas” de 1996; las afectaciones del bloqueo en los sectores de mayor impacto social (salud, alimentación, agricultura y deporte); afectaciones al desarrollo económico (producción y servicios, industria biofarmacéutica, turismo, comunicaciones e informática, construcción, transporte, energía y minas) y comercio exterior; las afectaciones al sector bancario y financiero (negativa a prestar servicios bancarios, envío y recepción de documentos bancarios a través de agencias de mensajería y aplicación extraterritorial); afectaciones a entidades cubanas; afectaciones extraterritoriales; etc.
De acuerdo con el coordinador político de la misión estadounidense en la ONU, Rodney Hunter, con el bloqueo a Cuba su país pretende “promover la democracia y el respeto a los derechos humanos.” La pregunta obligada es de cuáles derechos humanos puede estar hablando este señor a nombre de un país que, dentro de su propio territorio, se violenta sobre consideraciones raciales el abuso de los derechos a su población afrodescendiente; de cuáles derechos humanos puede hablar un país con el mayor número de prisioneros en cárceles en el mundo en comparación con su población; de cuáles derechos humanos puede hablar un país que respalda y arma a Israel para que perpetúe su política genocida contra el pueblo palestino; de cuáles derechos humanos puede hablar un país que mantiene encerrados en prisiones, alejados de sus padres, a niños inmigrantes de origen hispano; de cuáles derechos humanos puede hablar un país que en clara violación del derecho internacional, sancionado por la Resolución 1514 (XV) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, mantiene como colonia a Puerto Rico inhibiendo el derecho de nuestro derecho pueblo a su libre determinación.
De acuerdo con el Informe rendido a la Asamblea General, en el período cubierto “se registraron alrededor de 90 acciones y medidas económicas coercitivas impuestas por el gobierno de los EE.UU contra Cuba, con la intención de intervenir en los asuntos internos del país y en franco menoscabo de la libertad de comercio y navegación internacionales.” Entre las medidas a las cuales se hace referencia se encuentran multas y sanciones económicas contra entidades de los Estados Unidos y países extranjeros al amparo de los Títulos II y IV de la Ley Helms-Burton. Estas abarcaron 27 compañías, 54 embarcaciones y 3 individuos, todos ellos extranjeros. Al presente, se encuentran, además, vigentes en los Estados Unidos 34 procesos judiciales al amparo del Título III de dicha Ley donde se cuestiona los procesos de nacionalizaciones llevados a cabo por el gobierno de Cuba en la década de 1960.
El Informe indica que en el período cubierto, Estados Unidos también llevó a cabo múltiples acciones de presión contra países de América Latina y el Caribe dirigidos a “desmembrar el apoyo al proyecto de resolución contra el bloqueo” presentada por Cuba en 2019. Se denuncia como parte de los señalamientos hechos hacia los Estados Unidos, las acciones de este país para extraterritorialmente “privar deliberadamente al pueblo cubano de ventiladores pulmonares mecánicos, mascarillas, kits de diagnóstico, gafas protectoras, trajes, guantes, reactivos y otros insumos necesarios” para el manejo de la COVID-19. Destaca sin embargo que a pesar de ello, Cuba ha mantenido su solidaridad con otros pueblos a través del 38 brigadas médicas con más de 3 mil colaboradores internacionalistas en el área de la salud y en la lucha contra la pandemia en 28 países y 3 territorios no autónomos. Esta colaboración se suma a los 28 mil profesionales que ya prestaban sus servicios en 59 países antes de la pandemia. En los pasados 56 años, Cuba ha enviado al exterior 400 mil colaboradores en el área de la salud cumpliendo misiones en 156 países del mundo.
Dentro del alcance de las medidas tomadas por el gobierno de los Estados Unidos en el período que cubre el Informe se encuentran, en momentos en que el país atraviesa la emergencia provocada por la COVID-19, impedir que al menos dos empresas con base en Estados Unidos (IBC AIRWAYS, INC. y SKYWAY ENTERPRICES, INC., por presiones del Departamento de Estado, se hayan negado a llevar a cabo vuelos hacia Cuba con carga humanitaria. También se denuncia cómo empresas en el exterior, como es el caso de las alemanas SARTORIOUS y MERK, a la hora de Cuba procurar conseguir reactivos e insumos para combatir la pandemia las condiciones impuestas por Estados Unidos han impedido que tales reactivos e insumos sean enviados a Cuba.
A pesar de la política contra Cuba de parte del gobierno estadounidense, han sido múltiples las voces que desde el propio Estados Unidos, representando los sectores agrícolas, cultural, académico; del mundo de los negocios; personalidades, incluyendo sectores políticos; así como desde la solidaridad, han levantado demandando el cese del bloqueo. En el plano internacional, también ha sido importante las expresiones de rechazo al bloqueo, tanto por gobiernos como a través de mecanismos multilaterales en materia de relaciones exteriores. Lo anterior demuestra inequívocamente que en esta lucha contra la agresión imperialista, Cuba no está sola.
Es evidente que a escala global, el consenso de la comunidad internacional es en favor del cese del bloqueo a Cuba. Sin embargo, también es un punto de partida en el análisis que el poder económico de los Estados Unidos a escala global continúa siendo un impedimento para el normal desarrollo de Cuba y su Revolución. De ahí la importancia de continuar denunciando la agresión que representa este bloqueo para el hermano pueblo cubano.
Nos viene a la memoria las expresiones del Apóstol de la Independencia de Cuba, José Martí, cuando clamó en el Siglo XIX: “Quien se levanta hoy por Cuba, se levanta para todos los tiempos.” ¡Viva la solidaridad con el pueblo cubano y su Revolución!
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